RESOLUCIÓN EMT/3646/2023, de 19 de octubre, del programa de subvenciones para la contratación laboral de personas en situación de mayor vulnerabilidad
Puigverd Assessors analiza la convocatoria de RESOLUCIÓN EMT/3646/2023, de 19 de octubre, del programa de subvenciones para la contratación laboral de personas en situación de mayor vulnerabilidad
17/11/2023
Si su empresa tiene la necesidad de aumentar su plantilla antes del final de este año 2023, desde Puigverd Assessors les informamos que se ha publicado la convocatoria RESOLUCIÓ EMT/3646/2023 del programa AJUTS A LA CONTRACTACIÓ DE PERSONES VULNERABLES del Servei Públic d’Ocupació de Catalunya.
Se trata de una serie de subvenciones para incentivar la contratación laboral de personas desempleadas en situación de vulnerabilidad.
Si van a ocupar una persona que reúna las características indicadas y el tipo de contracción exigido, pónganse en contacto con nosotros para ampliar esta información y para la realización del trámite oportuno para solicitar esta subvención.
Se trata de una serie de subvenciones para incentivar la contratación laboral de personas desempleadas en situación de vulnerabilidad.
¿Qué tipo de contratos son subvencionables?
Son subvencionables los contratos indefinidos y a tiempo completo.- Personas destinatarias.
- Personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo que sean:
- Mayores de 45 años.
- Mayores de 30 años (desocupados de larga duración).
- Personas extranjeras extracomunitarias.
- Mujeres de 30 años o más en situación de vulnerabilidad.
- Personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo que sean:
- Las personas contratadas, deben estar incluidas en los grupos de cotización a la Seguridad Social comprendidos entre el 3 y el 11.
- El periodo máximo subvencionable es de 12 meses.
¿Cuál es el importe de la subvención mensual?
El importe de la subvención mensual (con un máximo de 12 meses) es:- Trabajadores comprendidos en los grupos de cotización de 3 al 7:
- 1.324,27 €/mes.
- Trabajadores comprendidos en los grupos de cotización de 8 al 11:
- 1.033,65 €/mes.
Periodo de permanencia
- El periodo de permanencia del trabajador será de mínimo 24 meses después de la finalización del periodo subvencionable (12 meses).
- Son subvencionables los contratos que reúnan las condiciones indicadas, celebrados entre el 3 de noviembre de 2023 y el 29 de diciembre de 2023.
- El plazo de presentación de las solicitudes finaliza el 29 de diciembre de 2023.
Si van a ocupar una persona que reúna las características indicadas y el tipo de contracción exigido, pónganse en contacto con nosotros para ampliar esta información y para la realización del trámite oportuno para solicitar esta subvención.